Cortoplacismo fiscal y farmacia

Escrito por: Juan Antonio Sanchez
22/11/2018

Lejos quedan aquellas épocas, en las que los asesores fiscales exponíamos a los farmacéuticos, durante los meses finales del año, la hoja de ruta tributaria del siguiente ejercicio. Existió un tiempo (melancolía tributaria), en el que los gobernantes presentaban y deliberaban sobre las posibles novedades fiscales, culminando sus decisiones, en la aprobación antes de final de año de los Presupuestos Generales del Estado.

Con esta información, más o menos prevista por los profesionales del tema, recomendábamos opciones que optimizaran fiscalmente las decisiones del farmacéutico en su próxima declaración de la renta. Pero desde hace ya varios años, eso quedo atrás. Ahora lo que impera es el “globosondismo fiscal” que se instala en el corto plazo empresarial. De esta forma, la inseguridad jurídica campa a sus anchas por el mundo económico.

Un claro y cercano ejemplo lo tenemos en el famoso “impuesto de las hipotecas”. Durante unas semanas, los contribuyentes afectados, albergan alguna oportunidad de recuperar una cantidad, pero finalmente todo queda en agua de borrajas. Y esa tendencia continua, con el acuerdo de presupuestos generales del estado para 2019, presentado ante la opinión pública el pasado 11 de octubre. En dicho documento, se dedica el último capítulo a esbozar las líneas de una “nueva fiscalidad” para el próximo ejercicio 2019.

 

¿Cómo afectan estos cambios a la farmacia?

Cuando llegamos al impuesto que protagoniza la vida de la oficina de farmacia (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) nos encontramos con 5 escasas líneas que nos anuncian una nueva edición de la conocida película “Regreso al Futuro”.

“Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se incrementan dos puntos los tipos impositivos sobre la base general para los contribuyentes que tengan rentas superiores a 130.000 euros y cuatro puntos para la parte que exceda de 300.000 euros.

El tipo estatal sobre las rentas del capital se incrementará en 4 puntos porcentuales para dichas rentas superiores a 140.000 euros”.

 

Los dos posibles golpes a la fiscalidad de 2019

Como habrá podido comprobar el lector, se nos anuncian dos posibles golpes a la fiscalidad de 2019:

1. Elevación del tipo de IRPF en base general para contribuyentes con rentas superiores a 130.000 o 300.000 euros. Recordemos, que, en esta parte de la declaración de la renta, la oficina de farmacia ha de plasmar su resultado anual, además del resto de percepciones como ingresos por alquileres, etc.

2. Incremento de 4 puntos (del 23 al 27%) para las denominadas rentas del ahorro, que tiene su máximo exponente en nuestro sector empresarial en las compraventas de farmacia.

¿Y… qué seguridad podemos otorgar a la aprobación de estas medidas? Si se aprueban una vez este iniciado 2019, ¿Afectarán desde el 1 de enero?

No hay duda de que deberemos estar “atentos a la pantalla” y así lo haremos desde el Club de la Farmacia, para poder definir al titular de oficina de farmacia, las principales consecuencias de la posible aprobación de este acuerdo presupuestario en 2019.

Pero de momento, nos instalamos en el “cortoplacismo fiscal” y su inseguridad jurídica.

 

Juan Antonio Sánchez.

Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.

Socio director TAXFARMA.

Fecha de la última modificación11/12/2018

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