Farmacia e IRPF: Matrimonio ejemplar

Escrito por: Juan Antonio Sanchez
15/10/2018

Cuando hace unas semanas el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos mostraba en su nota de prensa las cifras más significativas de los divorcios en España pensé en el fenomenal caso matrimonial, de la oficina de farmacia y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Desde 1978, fecha en la que Fuentes Quintana y Fernández Ordoñez aprueban este impuesto directo, las farmacias españolas han contraído matrimonio con esta figura impositiva. Seguro que el noviazgo con anteriores impuestos también sería digno de mencionar, pero nos centraremos en la boda. Recordemos que el resultado económico de la farmacia se encuentra (a nivel general) enfrentado a este impuesto que grava la obtención de beneficio por parte de “personas físicas”.

Como no podía ser de otra forma, los matrimonios pasan por vicisitudes en su historia. El primer IRPF nacía con 28 tramos y unos tipos impositivos que fluctuaban entre 15 y el 66,5%. Posteriormente, se acomete una reforma de calado en 1991, proponiendo otro esquema de tributación. Pero su cónyuge (la farmacia) seguía ahí, año tras año, pasando cuentas con el fisco sin separarse de él. Así llevamos 40 años.

Y si volvemos a la rabiosa actualidad de 2018, cuando desde el verano, el “globosondismo fiscal” campa a sus anchas por los medios de comunicación, intentando mediatizar la opinión pública, se pretende trasladar al ciudadano de a pie, que determinadas rentas deben de “tributar más”.

De sobras es conocido que las grandes fortunas diseñan, con mayor o menor acierto, determinadas estructuras para percibir sus ingresos soslayando a nuestro IRPF (recuerde el lector las vicisitudes por las que pasan los astros del balompié ante el fisco español).

Pero la oficina de farmacia, fiel a su matrimonio, cada año rellena la hoja reservada por el impreso de la renta, a declarar cual ha sido su foto fiscal del año anterior. Y no olvidemos que mediante los famosos modelos 130 (Pagos fraccionados trimestrales a cuenta del IRPF) las oficinas de farmacia “adelantan” el 20% de su tributo de forma más que ejemplar, comparando con el resto de contribuyentes que tenemos en nuestro país (moduleros, etc.).

Quién sabe cuáles serán las líneas definitivas de la posible reforma fiscal del IRPF que nos anuncian los gobernantes. Lo que sí podremos concluir es que la oficina de farmacia contribuye de una forma más que notoria a la recaudación de este impuesto.

Por lo que no estaría de más, reconocer este hecho y favorecer mediante incentivos fiscales ligados a la inversión y al empleo, a un sector empresarial y sanitario por el que cada día pasan más de 2 millones de personas en nuestro país. Así que ojo avizor a los próximos meses ante una nueva oleada de cambios fiscales en nuestro IRPF que sin duda afectaran, como en todos los matrimonios, a la oficina de farmacia española.

 

Juan Antonio Sánchez.

Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.

Socio director TAXFARMA

Fecha de la última modificación11/12/2018

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