Recaudación tributaria y farmacia

Escrito por: Juan Antonio Sanchez
09/10/2017
Club de la Farmacia - Blog - Gestión

La Agencia Tributaria, en su esfuerzo divulgador de información tributaria, publica periódicamente una muestra de cómo nos “cobra” a los contribuyentes, los principales impuestos del sistema impositivo español. Recientemente, en concreto, el último día del pasado mes de julio, las autoridades tributarias han incluido en su web, el denominado “Informe de Recaudación Tributaria 2016”. Dicho documento nos muestra datos que pueden ser interesantes para el farmacéutico empresario titular de una oficina de farmacia.

recaudacion tributaria y farmacia

Una de las principales magnitudes analizadas resultan ser los pagos fraccionados realizados por los empresarios y profesionales de nuestro país. Dentro de los mismos, se encuentran las oficinas de farmacia, que cada trimestre, se encuentran obligadas inexorablemente a presentar (en la mayoría de casos a ingresar) los dichosos modelos 130.

 

En este sentido, el informe en cuestión nos ofrece un incremento de un 12,9% de estos pagos fraccionados. Dicha subida acumulada desde 2013 se sitúa en un 36,4%. Sería un buen ejercicio para el farmacéutico, chequear sus datos fiscales de dichos años y comprobar cómo se acercan (o no) las cifras macroeconómicas del estudio a las de su actividad empresarial de farmacia.

 

Lo anterior se justifica por dos razones. Por un lado, las rentas empresariales tuvieron un incremento importante del 7,5% (en 2015 también se originó una cifra aún superior). Además, tengamos en cuenta que, en el pasado año 2016, el número de empresarios (oficina de farmacia) y profesionales se eleva un 2,8%. Importante sería chequear el sector que nos ocupa valorando las nuevas farmacias instauradas en 2016. Otro motivo lo constituye una subida de las rentas medias declaradas por el conglomerado de empresarios en un 4,6%. Lo que en el mundo fiscal se denomina el tipo efectivo de tributación también se incrementó en un 3,3%.

 

La información antes señalada parece venir como “anillo al dedo” en el actual mes de Octubre, cuando las 22.000 farmacias españolas tendrán que cumplir con la presentación de su pago fraccionado correspondiente al 3º trimestre de 2017. En alguna otra ocasión, hemos reseñado, el alto nivel de cumplimiento ante el fisco por parte de nuestro sector y la anticipación fiscal que realizan nuestro colectivo de la que será su próxima cuota íntegra de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017.

 

Es indudable, que una contabilidad actualizada podrá proporcionar cifras que ajusten correctamente, el pago fraccionado al resultado originado en la farmacia desde el pasado 1 de enero hasta el reciente 30 de septiembre.

 

Y aprovechamos la ocasión para recordar al titular que es totalmente legal aplicar, dentro de los gastos del trimestre, la amortización que corresponda. Eso sí, de una forma proporcional. Imaginemos que hemos invertido en un robot de dispensación, incorporándolo a la farmacia el pasado mes de marzo. Pues será totalmente correcto, imputar como gasto en nuestro modelo 130, la amortización correspondiente desde su adquisición hasta el pasado 30 de septiembre (sin olvidar las ventajas que conlleva en esta materia el régimen de pymes). Idéntico procedimiento podremos hacer con las amortizaciones de bienes adquiridos en años anteriores a 2017.

 

Es bastante frecuente en temas fiscales, “acordarse de Santa Bárbara… cuando truena” y el montante de pagos fraccionados desembolsados por el farmacéutico durante el año es un buen ejemplo. Muchas son las farmacias, que cuando llega el fatídico momento de la Declaración de Renta Anual, se acuerdan de lo escaso que ha sido su aporte vía modelos 130.

 

Por eso, recomendamos una ojeada hacia atrás, chequeando cuánto se adelantó en los últimos años al fisco (podrás hacerlo con tu certificado digital o repasando tus últimas declaraciones) y sobre todo, una estimación rigurosa y certera del resultado de la oficina de farmacia en los 9 primeros meses del año. De esta forma, podremos evitar “sustos” en los próximos meses de mayo y junio de 2018, cuando nos enfrentemos a la “foto finish” fiscal con la Renta 2017.

 

Juan Antonio Sanchez.                                                                                                  

Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.                                                                    

Socio director TAXFARMA

Fecha de la última modificación11/12/2018

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