“ROBOTS FISCALES”

Escrito por: Juan Antonio Sanchez
08/08/2022

En nuestro sector empresarial de oficinas de farmacia, comenzar hablando de robots, nos lleva al terreno de la automatización de procesos, la optimización de stock y del modelo de gestión diaria de aprovisionamientos. No hay ninguna duda del avance tecnológico incorporado por estas instalaciones. Otro tema será la utilidad real en cada modelo de farmacia. Recordando tiempos de estudiante de económicas, las referencias al taylorismo son inevitables y muy aconsejables de refrescar a día de hoy en las boticas españolas.

Pero en esta ocasión, nos referimos a otra tipología de robots, que se adentra y relaciona con la inteligencia artificial y el big data tributario. Si, seguramente, conforme el lector se adentra en estas líneas, pueda pensar que hablamos de ciencia ficción, en un tema tan formal y serio como Hacienda.

Para bajar al terreno de la realidad, expondremos un relato práctico y real del quehacer diario de un asesor fiscal en la reciente campaña de renta 2021. Pensemos en un titular de farmacia, que por circunstancias de falta de liquidez puntual el pasado 30 de junio, nos solicita la petición de un aplazamiento/fraccionamiento de la cuota a pagar de su declaración de renta. En este ejemplo, todo sea dicho, la deuda era inferior a 30.000 euros y eso nos permitía el colchón de no tener que aportar ningún tipo de garantía a la administración.  Pues manos a la obra. Preparamos la solicitud de aplazamiento y la entramos en sede electrónica (así se llama ahora a la presentación de información en la Agencia Tributaria) a las 12:48h del pasado 28 de junio de 2022. La petición al fisco es la de fraccionar la deuda en 12 meses, comenzando a pagar el próximo 5 de julio.

Una vez terminado el tramite de la solicitud y cuando nos disponíamos a continuar en otra tarea, exactamente a los…cinco minutos, es decir a las 12:52h del mismo día, recibimos el documento de concesión del aplazamiento/fraccionamiento sin garantía (queda claro que este trámite no ha sido gestionado por un funcionario de Hacienda).

Eso sí, la AEAT, cambia las fechas de los plazos, iniciando los vencimientos el próximo 5 de septiembre de 2022 (recordamos que pedimos el 5 de julio) y acabando el 7 de agosto de 2023. Evidentemente con los intereses de demora correspondiente. De forma expresa se nos dice: “…El cálculo de los intereses de demora para los vencimientos de ejercicios futuros se ha realizado conforme al tipo actualmente vigente, sin perjuicio de que proceda su recálculo si las leyes anuales de presupuestos lo modificarán…”. Recordemos que el interés de demora es el recargo aplicado por el cambio del valor del dinero con el paso del tiempo. El porcentaje del interés lo fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que este año es del 3,75%. Este porcentaje no ha variado en los últimos 6 años.

La verdad es que, ante una situación de tal inmediatez de respuesta, la sorpresa nos invade con un grado de cierta desazón. Exponemos ahora, el caso de otro cliente del despacho, metido de lleno en el emprendimiento de una nueva marca del terreno cosmético, que ha realizado una considerable inversión mediante una sociedad mercantil, la cual llevo acarreada una cifra importante de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) durante el pasado año 2021. Al no haber iniciado la venta de productos el pasado año, optamos el pasado 30 de enero 2022 por ejercer el derecho de pedir la devolución de dicho impuesto. Lo normal hubiera sido un requerimiento de información durante los meses cercanos (febrero, marzo, abril, mayo, junio).

Pues en esta ocasión, los inteligentes robots de la AEAT esperan hasta el tope máximo de devolución (30 julio 2022) para emitir unos días antes dicho requerimiento de información. El objetivo está perfectamente cumplido: retardar la devolución ansiada por el empresario unos meses más, mediante un “requerimiento argucia” a pocos días de la finalización del plazo

La moraleja que nos queda, es que la rapidez demostrada por la robótica tributaria en responder a una petición de aplazamiento, no funciona igual cuando se trata de una devolución impositiva. Parece que los robots fiscales llevan inculcados en sus cables biónicos una de las características más intrínsecas de nuestro país: la picaresca.

 

Juan Antonio Sánchez. 

Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.                             

Socio director TAXFARMA

Fecha de la última modificación08/09/2022

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